ÇProtocolo de Transparencia, Publicidad Activa y Actualizaci—n de la Informaci—n de la Comunidad de Regantes Las GalletasÈ COMUNIDAD DE REGANTES LAS GALLETAS Versi—n: 1.0 Fecha de aprobaci—n: Pendiente de aprobaci—n îrgano competente: Segœn los Estatutos de la Comunidad çmbito de aplicaci—n: Comunidad de Regantes Las Galletas Portal web: https://reganteslasgalletas.org/ 1. Objeto y finalidad El presente Protocolo de Transparencia, Publicidad Activa y Actualizaci—n de la Informaci—n tiene por objeto establecer los criterios, procedimientos y responsabilidades que regir‡n la gesti—n y publicaci—n de informaci—n institucional de la Comunidad de Regantes Las Galletas. Su finalidad es garantizar una actuaci—n transparente, facilitar el acceso a la informaci—n pœblica que corresponda y promover la rendici—n de cuentas ante los comuneros, las administraciones pœblicas y la ciudadan’a. Con este prop—sito, la Comunidad establece un sistema organizado de recopilaci—n, comprobaci—n, actualizaci—n y publicaci—n de informaci—n, orientado al cumplimiento de las obligaciones legales de transparencia y a la mejora continua de sus pr‡cticas de gesti—n. 2. Marco normativo El presente protocolo se fundamenta en las siguientes disposiciones, en la medida en que resulten aplicables a la Comunidad: * Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Informaci—n Pœblica y Buen Gobierno. * Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y de Acceso a la Informaci—n Pœblica de Canarias. * Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, y normativa de desarrollo. * Reglamento (UE) 2016/679, General de Protecci—n de Datos. * Ley Org‡nica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecci—n de Datos Personales y garant’a de los derechos digitales. * Estatutos y normativa interna de la Comunidad de Regantes Las Galletas. Asimismo, se tendr‡n en consideraci—n las directrices y recomendaciones del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Informaci—n Pœblica de Canarias. 3. Principios generales La gesti—n de la transparencia de la Comunidad se regir‡ por los siguientes principios: Transparencia: facilitar informaci—n sobre la organizaci—n, funcionamiento y gesti—n de la entidad en los tŽrminos legalmente exigibles. Veracidad: garantizar que los contenidos publicados sean fiables, estŽn contrastados y procedan de documentaci—n validada. Actualizaci—n: mantener la informaci—n revisada y actualizada, indicando los periodos de referencia correspondientes. Accesibilidad: favorecer la consulta de los contenidos mediante una estructura clara, comprensible y accesible. Responsabilidad: establecer funciones concretas para la elaboraci—n, supervisi—n y publicaci—n de informaci—n. Protecci—n de datos: compatibilizar la publicidad activa con el respeto a la privacidad, la confidencialidad y los derechos de terceros. Mejora continua: revisar los procedimientos y adoptar medidas correctoras que permitan mejorar la transparencia de la entidad. 4. çmbito de aplicaci—n Este protocolo ser‡ aplicable a los —rganos de gobierno, la Secretar’a, el personal administrativo y las personas o entidades colaboradoras que intervengan en la gesti—n, elaboraci—n, validaci—n o publicaci—n de informaci—n institucional. Su aplicaci—n comprender‡ las obligaciones de publicidad activa que correspondan a la Comunidad de Regantes Las Galletas por su naturaleza jur’dica, sus funciones y la percepci—n de subvenciones o ayudas pœblicas. Las disposiciones de este protocolo se entender‡n sin perjuicio de las competencias de los —rganos de gobierno y de los derechos de informaci—n que correspondan a los comuneros conforme a la normativa aplicable. 5. Organizaci—n y responsabilidades 5.1. Junta de Gobierno La Junta de Gobierno, en el marco de sus atribuciones estatutarias, asumir‡ las siguientes funciones: * Impulsar la aplicaci—n de las medidas de transparencia. * Supervisar el cumplimiento del presente protocolo. * Facilitar los medios organizativos necesarios para mantener actualizada la informaci—n. * Validar, directamente o por medio del —rgano o responsable competente, los documentos que deban hacerse pœblicos. * Promover las acciones correctoras que resulten necesarias. 5.2. Secretar’a de la Comunidad La Secretar’a coordinar‡ administrativamente las tareas relacionadas con la publicidad activa, dentro de sus competencias. Sus funciones comprender‡n: * Recopilar la documentaci—n que deba incorporarse al Portal de Transparencia. * Comprobar la vigencia y correspondencia temporal de la informaci—n. * Solicitar a los —rganos responsables los documentos pendientes de actualizaci—n. * Coordinar la revisi—n de los contenidos publicados. * Conservar las evidencias de las publicaciones y modificaciones realizadas. * Colaborar en la preparaci—n de las evaluaciones oficiales de transparencia. 5.3. Responsable tŽcnico del Portal de Transparencia La gesti—n tŽcnica del portal podr‡ encomendarse a personal propio o a un proveedor externo debidamente autorizado. Entre sus funciones estar‡n: * Incorporar los contenidos previamente validados por la entidad. * Organizar la documentaci—n en los apartados correspondientes. * Comprobar el funcionamiento de enlaces y archivos. * Aplicar medidas de mantenimiento, seguridad y accesibilidad web. * Comunicar las incidencias detectadas. El responsable tŽcnico no podr‡ modificar sustancialmente ni certificar la informaci—n institucional, econ—mica o jur’dica sin autorizaci—n expresa de la Comunidad. 6. Portal de Transparencia La Comunidad de Regantes Las Galletas mantendr‡ un espacio espec’fico de transparencia integrado en su p‡gina web institucional: https://reganteslasgalletas.org/ Este portal constituir‡ el principal punto de acceso pœblico a la informaci—n sometida a obligaciones de publicidad activa. Los contenidos se organizar‡n mediante apartados tem‡ticos que faciliten su localizaci—n y consulta. Siempre que resulte posible, los documentos publicados identificar‡n su denominaci—n, fecha, ejercicio de referencia y versi—n vigente. Se procurar‡ mantener accesible la informaci—n hist—rica durante los periodos legalmente exigibles y evitar la duplicidad de contenidos que pueda generar confusi—n. 7. Informaci—n objeto de publicidad activa La Comunidad publicar‡ la informaci—n exigida por la normativa de transparencia que resulte aplicable, atendiendo especialmente a los siguientes ‡mbitos: 7.1. Informaci—n institucional y organizativa * Identificaci—n y naturaleza jur’dica de la entidad. * Normativa aplicable. * Estatutos y reglamentos internos. * Funciones y objeto de la Comunidad. * Estructura organizativa y organigrama. * Composici—n de los —rganos de gobierno. * Identificaci—n y trayectoria de sus responsables, cuando proceda. * Informaci—n sobre las retribuciones de los cargos sujetos a esta obligaci—n. 7.2. Informaci—n econ—mico-financiera * Cuentas anuales cuya publicaci—n resulte exigible. * Informes de auditor’a, cuando proceda. * Documentaci—n econ—mica vinculada a las obligaciones legales de publicidad. * Justificaciones de la no aplicaci—n de determinadas obligaciones, cuando corresponda. 7.3. Contratos y convenios * Contratos celebrados con administraciones pœblicas sujetos a publicidad. * Modificaciones contractuales y dem‡s informaci—n legalmente exigible. * Convenios suscritos con administraciones pœblicas y sus modificaciones. Cuando no existan operaciones en un ejercicio determinado, podr‡ publicarse una declaraci—n expresa de inexistencia, previa comprobaci—n por los responsables de la entidad. 7.4. Subvenciones y ayudas pœblicas La informaci—n relativa a subvenciones y ayudas pœblicas incluir‡, cuando resulte exigible: * Administraci—n u organismo concedente. * Importe de la ayuda. * Finalidad de la subvenci—n. * Fecha o ejercicio de concesi—n. * Destino de los fondos y dem‡s informaci—n legalmente requerida. 7.5. Integridad y buen gobierno La Comunidad podr‡ mantener publicados documentos complementarios que refuercen sus compromisos institucionales, entre ellos: * C—digo Žtico y de conducta. * Protocolo anticorrupci—n. * Informaci—n sobre el canal interno de informaci—n, cuando corresponda. * Informes anuales de transparencia. * El presente Protocolo de Transparencia. 8. Procedimiento de recopilaci—n y publicaci—n La incorporaci—n de informaci—n al Portal de Transparencia seguir‡ las siguientes fases: Primera. Identificaci—n de la informaci—n. Se determinar‡n los documentos y contenidos que deben publicarse o actualizarse, atendiendo a las obligaciones aplicables y al ejercicio correspondiente. Segunda. Recopilaci—n documental. La Secretar’a solicitar‡ la informaci—n a los —rganos o responsables que la custodien. Tercera. Revisi—n y comprobaci—n. Se verificar‡ la integridad, exactitud, vigencia y pertinencia de la documentaci—n, as’ como las posibles limitaciones legales a su publicaci—n. Cuarta. Validaci—n. La informaci—n ser‡ aprobada para su publicaci—n por el —rgano o responsable competente. Quinta. Publicaci—n. Los contenidos autorizados se incorporar‡n al apartado correspondiente del portal. Sexta. Verificaci—n. Se comprobar‡ que los enlaces funcionen correctamente y que los documentos publicados correspondan a las versiones validadas. SŽptima. Registro. Se conservar‡ constancia de las actualizaciones relevantes realizadas. 9. Periodicidad de actualizaci—n La Comunidad mantendr‡ un sistema de revisi—n peri—dica de los contenidos del portal. Como criterio interno de funcionamiento, y sin perjuicio de los plazos legales que resulten exigibles, se establecen las siguientes pautas: * Informaci—n institucional: revisi—n anual y actualizaci—n cuando se produzcan modificaciones. * îrganos de gobierno: actualizaci—n cuando existan nombramientos, ceses o cambios acreditados. * Informaci—n econ—mica: revisi—n anual, una vez disponibles y validados los documentos correspondientes. * Contratos y convenios: actualizaci—n cuando se produzcan actuaciones sujetas a publicidad y comprobaci—n al cierre de cada ejercicio. * Subvenciones: actualizaci—n cuando se disponga de la documentaci—n oficial correspondiente. * Normativa y pol’ticas internas: revisi—n anual y modificaci—n cuando sea necesario. * Contenido general del portal: comprobaci—n peri—dica de enlaces, documentos y fechas. La Comunidad efectuar‡, al menos, una revisi—n general anual del Portal de Transparencia, preferentemente antes de los procedimientos oficiales de evaluaci—n. La publicaci—n de informaci—n pendiente de validaci—n no podr‡ presentarse como definitiva. 10. Accesibilidad y calidad de la informaci—n La Comunidad promover‡ que el Portal de Transparencia facilite el acceso a sus contenidos a todas las personas. Para ello, se procurar‡: * Emplear lenguaje claro y comprensible. * Organizar los contenidos mediante t’tulos y secciones descriptivas. * Facilitar documentos accesibles y, cuando corresponda, en formatos abiertos y reutilizables. * Identificar correctamente los enlaces y archivos descargables. * Revisar las incidencias de accesibilidad detectadas. * Aplicar progresivamente las mejoras necesarias para atender los requisitos de accesibilidad que resulten exigibles. Las incidencias comunicadas por los usuarios ser‡n examinadas y, cuando proceda, se adoptar‡n las medidas correctoras oportunas. 11. Protecci—n de datos y confidencialidad La publicaci—n de informaci—n deber‡ respetar la normativa vigente en materia de protecci—n de datos personales y los l’mites legalmente establecidos al acceso y difusi—n de informaci—n. Antes de publicar documentos que contengan datos personales, se comprobar‡ la existencia de una base jur’dica adecuada para su difusi—n y, cuando sea necesario, se proceder‡ a su anonimizaci—n u ocultaci—n parcial. Se prestar‡ especial atenci—n a los documentos de identidad, domicilios particulares, datos bancarios, firmas y otra informaci—n personal cuya publicaci—n no resulte necesaria o estŽ legalmente protegida. 12. Consultas y comunicaciones La Comunidad facilitar‡ un canal de contacto para comunicar incidencias, errores o solicitudes de aclaraci—n relacionadas con la informaci—n publicada. Las comunicaciones podr‡n dirigirse a: Comunidad de Regantes Las Galletas Correo electr—nico: info@reganteslasgalletas.org Sitio web: https://reganteslasgalletas.org/ Las consultas recibidas se trasladar‡n al —rgano o responsable correspondiente para su valoraci—n y respuesta cuando proceda. Las solicitudes de acceso a informaci—n pœblica sujetas al rŽgimen de transparencia se tramitar‡n conforme a la normativa aplicable, sin perjuicio de los derechos espec’ficos de informaci—n de los comuneros. 13. Seguimiento y evaluaci—n La Comunidad realizar‡ una revisi—n general anual del Portal de Transparencia con el objetivo de comprobar el grado de actualizaci—n y adecuaci—n de los contenidos. Esta revisi—n podr‡ incluir: * Identificaci—n de documentos pendientes. * Comprobaci—n de la informaci—n correspondiente al ejercicio evaluado. * Revisi—n de enlaces y archivos. * Detecci—n de errores o duplicidades. * Identificaci—n de mejoras de accesibilidad. * Comprobaci—n de las obligaciones de publicidad activa aplicables. La Comunidad participar‡ en los procedimientos de evaluaci—n de transparencia que le correspondan y procurar‡ atender las observaciones formuladas por el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Informaci—n Pœblica de Canarias. Los resultados de las evaluaciones podr‡n utilizarse para introducir mejoras en los procesos internos y en el Portal de Transparencia. 14. Informe anual de transparencia Como medida de seguimiento y mejora continua, la Comunidad podr‡ elaborar un informe anual sobre el estado de su Portal de Transparencia y el grado de aplicaci—n de las obligaciones de publicidad activa. Este informe podr‡ recoger: * La informaci—n disponible durante el ejercicio. * Las actualizaciones realizadas. * Los aspectos que requieran revisi—n. * Las incidencias detectadas. * Las recomendaciones y actuaciones de mejora. El informe anual tendr‡ car‡cter descriptivo y de seguimiento interno, sin sustituir la evaluaci—n oficial que corresponda realizar al Comisionado de Transparencia. 15. Revisi—n del protocolo El presente protocolo podr‡ revisarse cuando se produzcan cambios normativos, modificaciones relevantes en la organizaci—n de la Comunidad o circunstancias que aconsejen mejorar sus procedimientos de transparencia. TambiŽn podr‡ actualizarse atendiendo a las recomendaciones de los —rganos competentes o a los resultados de las evaluaciones oficiales. Las modificaciones sustanciales deber‡n ser aprobadas por el —rgano competente conforme a los Estatutos de la Comunidad. 16. Aprobaci—n y entrada en vigor El presente Protocolo de Transparencia, Publicidad Activa y Actualizaci—n de la Informaci—n entrar‡ en vigor una vez aprobado por el —rgano competente de la Comunidad de Regantes Las Galletas, salvo que el acuerdo de aprobaci—n establezca una fecha distinta. Una vez aprobado, ser‡ incorporado al Portal de Transparencia para su conocimiento pœblico. Comunidad de Regantes Las Galletas Compromiso con la transparencia, la integridad institucional y la gesti—n responsable de los recursos h’dricos.